Todos los impuestos en mayor o menor medida afectan los incentivos, y pueden
alterar el comportamiento de los consumidores, productores o trabajadores, de
tal forma que se reduce la eficiencia económica. Un sistema tributario ideal
debería minimizar en la medida de lo posible los efectos negativos sobre la
eficiencia económica.
Los costes de eficiencia de la aplicación de los impuestos fueron definidos
por Adam Smith en su obra clásica La riqueza de las Naciones (1776), donde
establecía que uno de los objetivos deseables de cualquier sistema impositivo
era el hecho de que «no fuese costosa la recaudación de los impuestos y, que
además, no desincentivara la actividad económica», objetivos largamente
perseguidos pero que, como demuestra la historia, no siempre han sido
alcanzados.
Por no desincentivar la actividad, se entiende que los impuestos no deben
distorsionar las decisiones económicas de los individuos sujetos a gravamen. En
la teoría de la Hacienda Publica la ineficiencia de la imposición se puede
analizar a través del llamado “exceso de gravamen”, como cuantificación de la
perdida de utilidad que genera un impuesto distorsionante. El exceso de gravamen
surge porque la pérdida de bienestar total que genera el impuesto en el
individuo con la modificación en su comportamiento, es superior a la mera
pérdida de bienestar producida por la disminución de la renta disponible que
conlleva el pago del impuesto. El valor del exceso de gravamen que se genera por
el efecto sustitución es mayor cuanto mayor sea el tipo impositivo y la
elasticidad. Por ello, la relación de intercambio entre eficiencia y equidad no
resulta tan sencilla para los gobiernos a la hora de diseñar su política fiscal.
El objetivo de equidad se puede intentar conseguir tanto a través de la
política de ingresos como de gastos públicos, o mediante una combinación de
ambas, ya que intentar conseguir la equidad exclusivamente por medio de los
ingresos públicos, con tipos elevados, puede generar elevados costes de
eficiencia económica al incrementarse el exceso de gravamen. Así, aquellos
gobiernos que estén dispuestos a sacrificar eficiencia a favor de una mejor
distribución de la renta optarán, sin duda, por sistemas impositivos mas
progresivos, mientras que aquéllos que prefieran una mayor eficiencia o
neutralidad lo harán por tipos más reducidos, dando un mayor protagonismo al
gasto público. En definitiva, la equidad es un concepto de muy difícil
valoración, pues la misma se puede referir a un momento determinado o a un
período temporal más dilatado, pues determinados gastos-inversiones, como la
sanidad y la educación requieren un período de tiempo para que puedan valorarse
sus efectos.
El objetivo de las políticas de redistribución es lograr una mayor equidad
entre los ciudadanos. En general, se suele equiparar la noción de equidad como
sinónimo de justicia, y se asimilan ambas al concepto de igualdad. De esta forma
la equidad puede ser evaluada atendiendo a la existencia o no de igualdad en
condiciones de oportunidad y logros de ingreso.
Por lo tanto, al crear un sistema impositivo, equitativo desde una
perspectiva de justicia, se debe cuidar que se cumplan dos principios:
• El Principio de Beneficio
• El Principio de Capacidad de Pago
El primero sigue un principio de mercado: los individuos que reciben el
beneficio de un bien o servicio deben pagar el impuesto necesario para la
provisión de ese bien o servicio. El segundo, por otro lado, hace referencia al
tema de equidad, ya que sostiene que los individuos que tienen mayor capacidad
de soportar la carga impositiva deben pagar más impuestos. Sobre éste último
principio se basan los impuestos progresivos.
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